Dilemas de la eutanasia en Colombia

El caso de una joven con dolor crónico evidencia los vacíos legales y éticos que aún persisten en el derecho a morir dignamente.

 

En Colombia, el derecho a la eutanasia no está regulado por una ley del Congreso, sino que ha sido construido a través de sentencias de la Corte Constitucional y reglamentaciones del Ministerio de Salud. Aun así, ciertos casos como el reciente de una joven con dolor crónico y sin opciones de tratamiento, muestran que el sistema aún enfrenta importantes vacíos y contradicciones.

El caso de Melisa: dolor crónico, derecho y negación

Melisa Gaona, quien padece endometriosis severa y vive con un dolor intenso que ha deteriorado gravemente su calidad de vida, solicitó ser sometida a eutanasia, afirmando que los médicos le dijeron que no hay más tratamientos disponibles. Sin embargo, su petición fue rechazada porque, según los profesionales, sus órganos estaban en buen estado. 

Este caso pone en evidencia un punto crucial: aunque el derecho a morir dignamente está reconocido, su acceso puede verse limitado cuando los criterios clínicos convencionales no reflejan el sufrimiento real de la persona.

Marco legal vigente y sus límites

Desde la despenalización del homicidio por piedad con la Sentencia C-239 de 1997, Colombia reconoce la eutanasia bajo condiciones estrictas. Posteriormente, la Sentencia T-970 de 2014 ordenó al Ministerio de Salud crear directrices y comités interdisciplinarios para tramitar solicitudes, lo cual se materializó mediante la Resolución 1216 de 2015.

Más adelante, la Sentencia C-233 de 2021 amplió este derecho, eliminando el requisito de enfermedad terminal y extendiéndolo a personas con enfermedades graves e incurables. En 2022, la Corte también despenalizó la asistencia médica al suicidio, en la que el médico proporciona los medios y orientación al paciente para que él mismo lo lleve a cabo.

La Resolución 971 de 2021 detalló los procedimientos: recepción, trámite, formación de comités y plazos. No obstante, el Congreso ha archivado en varias ocasiones proyectos que buscaban legislar sobre el derecho, dejando un marco fragmentado.

La necesidad urgente de indagar y ajustar

El caso de Melisa expone que:

  1. Los criterios clínicos pueden prevalecer sobre el sufrimiento percibido.
  2. El acceso sigue siendo desigual en regiones y entre instituciones.
  3. La autonomía personal a veces puede chocar con la rigidez institucional.

Esto demuestra que el reconocimiento constitucional no garantiza el acceso real. Se requieren ajustes legislativos y reglamentarios claros que reflejen la complejidad de cada caso.

Desde Agón & Asociados creemos que estos temas merecen más que atención: requieren diálogo público, revisión constante de normas y, cuando corresponda, representación legal que entienda la dimensión humana de cada caso. Estamos atentos a cómo evoluciona este derecho y dispuestos a acompañar a quienes buscan justicia en medio del dolor.